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Ficha técnica
Referencias Específicas
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DESCRIPCIÓN
El turismo es una de las actividades más importantes del planeta: el PIB de los viajes y turismos representan casi 12% del PIB mundial, y se estima que una de cada once personas en el mundo trabajaran en el sector turismo. El Gobierno Federal junto con los diferentes factores socioeconómicos han revisado a fondo la reforma, lo que ha propiciado un entorno favorable a la inversión nacional y extranjera. La firma de los tratados de libre comercio con distintos países y regiones del mundo, un crecimiento sostenido de la economía asociado con una tendencia a la baja en inflación, con un sector exportador competitivo y polos de desarrollo turístico de las más variadas características, han favorecido a nuestro país con una buena posición en el mercado turístico.
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Como consecuencia de la globalización en la que ya participan la casi totalidad de los países desarrollados y en vías de desarrollo, ha surgido la necesidad de establecer múltiples regulaciones que tienden a defender los intereses de cada país y los de las personas físicas y morales que llevan a cabo operaciones en dos o más países y que, por lo tanto, podrían verse afectadas por las disposiciones fiscales de cada uno de ellos, provocando duplicidad de gravámenes aplicados a una misma operación o actividad.
Los tratados tendientes a evitar la doble imposición como la evasión fiscal se han multiplicado y se celebran con asombrosa frecuencia. Nuestro país no podía ser la excepción y, a la fecha ha celebrado convenios de este tipo con diversos países de los cinco continentes. Estos convenios se perfeccionan y enriquecen, y cada vez cubren campos de acción más amplios. Por la múltiple participación activa de los particulares afectados, se avanza mucho en todos los puntos relativos para evitar la doble imposición, al grado de presentarse cada vez menos controversias sobre ella.
El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF) se encarga de regular asuntos que tienen que ver con aspectos en las materias civil y familiar, que en la actualidad se aglutinan en el mayor número de asuntos que llegan a cocimiento de los Tribunales. En él se pondera la solución de la controversia sobre los formalismos procesales privilegiando la oralidad en los juicios, lo que cual implica la simplificación de los procedimientos para garantizar el acceso a la justicia en un menor tiempo, buscando en todo momento la protección de los diferentes grupos vulnerables, garantizando procedimientos equitativos y con perspectiva de género. Se integran nuevos procedimientos para matrimonio, divorcios, patria potestad, adopciones, custodia y pensiones alimenticias, impulsando el uso de las tecnologías de la información en los procesos judiciales para dar la posibilidad de tramitar juicios en línea y el uso de firmas electrónicas.
En su contenido trae inserto temas de la realidad social como la violencia vicaria y la desaparición de personas. Tratándose de personas con discapacidad, se establecen obligaciones puntuales a los juzgadores para darles en todo momento el acompañamiento sin tener que sustituir su voluntad.
Sin duda, es un Código con contenido que nos debe convocar a su estudio, análisis y forma de aplicación.
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Esta obra que presenta la Academia de Estudios Fiscales de la Contaduría Pública aborda el régimen legal mexicano en torno a la participación del sector privado en las obras de infraestructura; en ella, los autores exponen sus propuestas para contar con un marco legal-fiscal que dé certeza jurídica a los inversionistas interesados en participar en esta actividad económica.
CONTENIDO
Capítulo I – Servicios Intragrupo
Capítulo II – Régimen de Intereses
Capítulo III – Precio de Transferencia y Valoración Aduanera
Capítulo IV – Reestructuras de Negocios
Capítulo V – Ajustes de Precios de Transferencia
Capítulo VI – El Nuevo Régimen Fiscal para las Maquiladoras y los Precios de Transferencia
Capítulo VII – La Cláusula del EP frente al Tratamiento de las Reestructuraciones Empresariales: los casos ROCHE y DELL
Descripción
Derivado de las recientes publicaciones emitidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en relación con la iniciativa denominada Base Erosion and Profit shifting (BEPs) en las cuales se incluye la materia de precios de transferencia de manera significativa, sin duda el tema ha cobrado especial relevancia en el ámblto fiscal, a nivel de empresas multinacionales asesores fiscales y, por supuesto, autoridades fiscales.
Derivado de las recientes publicaciones emitidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en relación con la iniciativa denominada Base Erosion and Profit shifting (BEPs) en las cuales se incluye la materia de precios de transferencia de manera significativa, sin duda el tema ha cobrado especial relevancia en el ámbito fiscal, a nivel de empresas multinacionales asesores fiscales y, por supuesto, autoridades fiscales.
En este libro se analizan temas relevantes en materia de precios de transferencia desde diversos enfoques considerando para estos efectos, la legislación fiscal vigente en México, las disposiciones en la materia incluidos en las Guías sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, así como los lineamientos incluidos en ciertos documentos de la iniciativa BEPs emitidos durante la elaboración del presente, por la OCDE.
En el libro se abordan temas de relevancia en materia de precios de transferencia como son el análisis de las operaciones de prestación de servicios celebradas entre partes relacionadas, operaciones de financiamiento desde una perspectiva histórica de la legislación actual y convenios internacionales, así como ajustes en materia de precios de entre otros temas de interés. transferencia
De igual forma en el libro se analizan las similitudes y diferencias que existen en el marco de la legislación mexicana entre precios de transferencia el comercio exterior, específicamente relacionado con las disposiciones en materia de valoración aduanera.
Finalmente, el libro aborda temas relevantes en materia de reestructura de negocios, considerando para efectos del análisis precedentes internacionales en la materia, así como el régimen de maquila recientemente reformado.
En resumen, le obra analiza desde una perspectiva global y actual diversas operaciones y temas relevantes en materia de precios de transferencia.
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DESCRIPCIÓN
El desarrollo de un país, desde la perspectiva del autor, no sólo debe de estar enfocado al hecho de poder sustentar y generar el desarrollo de su propia economía tomando simplemente como fuente de ello el motor de la creación de empleos, es decir, la propia satisfacción de la demanda de la generación de empleos formales, no constituye un factor único para considerar que un determinado país ha desarrollado su economía de manera sustentada y, desde luego, eficiente.
Si bien es cierto que la generación de empleos formales es un factor importante para medir si un país está económicamente activo, no necesariamente es un indicativo de que las estrategias que formula su gobierno estén totalmente agotadas. En otras palabras, que la política económica del país ya no sea revisada o en su defecto ya no se contemplen de manera adecuada un conjunto de medidas que por su importancia no sean reexaminadas y en otros casos mejoradas a través de una serie de reformas, o mediante la implementación o creación de leyes o regulaciones.
Un hecho importante dentro de las estrategias antes comentadas, desde luego lo constituye la política fiscal de un país. Esta política fiscal, dado el entorno internacional en que México ha estado inmerso en los últimos años y al considerar que es una de las 20 economías más grandes del mundo, hace necesario que México requiera de un sistema fiscal que atienda su complejidad y tamaño.
En este mismo orden de ideas, lo expresado en el párrafo anterior debe ir acompañado por reformas que permitan reducir los costos de hacer negocios en México. Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, en adelante OCDE, el costo de crear una nueva empresa o la extinción (liquidación) de la misma en México sigue siendo relativamente alto en comparación con países miembros de la OCDE y economías emergentes.
No queda a discusión que México al formar parte de la OCDE, ha aceptado el reto de crear, tener y sostener una economía de acuerdo a un entorno globalizado en materia comercial y, en consecuencia, necesariamente enfrentar los retos de las economías cambiantes y los nuevos modelos de hacer negocios. Como se comentó con anterioridad, este hecho debe tomar en consideración el aspecto tributario. Aspecto que, en un ambiente globalizado, hace necesario el tener presente la celebración de convenios para evitar la doble tributación y los efectos jurídicos que de ello se derivan.
Debe incluso tomarse en consideración que la continuidad de un sistema fiscal y su legislación es de suma importancia para cualquier país que pretenda atraer inversiones. De acuerdo a lo comentado por la OCDE, la incertidumbre e inestabilidad en el marco regulatorio es un fenómeno que potencialmente afecta la inversión. En el caso mexicano esto ha constituido todo un reto, el que somos miembros de la OCDE y que de ello se ha generado la necesidad de celebrar tratados de esta naturaleza.
Se dice que ha sido todo un reto en virtud de la complejidad que existe al celebrar un tratado para evitar la doble imposición fiscal, si se observa que en torno a ello no sólo se contempla el texto mismo del tratado tomando en cuenta el modelo-convenio de la OCDE. El realizarlo de esta forma implica que al utilizar este tipo de modelo, también se tengan en consideración los comentarios al modelo de la OCDE.
En este sentido, el Lic. Eugenio Grageda Núñez comenta:
A pesar de que estos modelos “tipos” han servido de directrices orientadoras para muchos países en sus negociaciones e interpretaciones de los convenios y han sido pieza clave para formular un lenguaje fiscal internacional…, es importante hacer notar que son normas que plantean ciertos problemas: …c) se trata de normas que pueden significar una amenaza al principio de seguridad jurídica, por la cantidad de enmiendas instauradas, a través de la alteración de los Comentarios al MOCDE.
… , es importante aclarar hasta que punto, las instituciones mexicanas…, están obligadas a aceptar o rechazar las opiniones que se emitan durante nuestra participación como miembros de la Organización a la que nos referimos.”
Considerando lo expresado anteriormente, surge el cuestionamiento con respecto a la libertad que tiene un contribuyente para organizar, entiéndase reestructurar, sus actividades y la forma de hacerlo en torno a sus necesidades e intereses con el efecto de obtener una reducción en la carga tributaria. Esto nos lleva también a otro gran cuestionamiento que es el relativo a la necesidad de que México contemple dentro de su legislación disposiciones claramente definidas en torno a la reestructuración de negocios, o en su defecto simplemente descanse en los comentarios al modelo OCDE o bien, en su caso en las Guías de Precios de Transferencia emitidas por este mismo organismo.
Dentro de este mismo entorno, también se pone a discusión la necesidad de que México adopte o no disposiciones en materia de sustancia sobre forma y si esto puede representar un cierto grado de inseguridad jurídica para los contribuyentes en México, cuyo sistema judicial en materia fiscal está basado en la aplicación estricta de las disposiciones fiscales.
El autor de este trabajo no pretende sustentar el porqué México necesita una reforma fiscal que le permita seguir un crecimiento acompañado de un desarrollo económico sostenido. Tampoco es idea del autor demostrar si existe una disyuntiva entorno al Derecho Internacional Público con respecto a la OCDE.
El objetivo del autor es demostrar la necesidad de que el sistema fiscal mexicano contemple normas esenciales en materia de reestructuración de sociedades. También es propósito el analizar si los comentarios al modelo OCDE y las Guías de Precios de Transferencia son o representan para las autoridades fiscales normas que les otorguen facultades que les permitan fundamentar y motivar una liquidación y, sobre todo, si efectivamente bajo estas consideraciones les otorguen condiciones para poder calificar una reestructuración de negocios.
La reestructuración de negocios se abordará tomando como base el borrador de reporte para discusión emitido por la OCDE en materia de reestructuración de negocios, así como el capítulo IX de las Guías de Precios de Transferencia emitidas en julio de 2010.

Envío sin costo.











