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DESCRIPCIÓN
Como consecuencia de la globalización en la que ya participan la casi totalidad de los países desarrollados y en vías de desarrollo, ha surgido la necesidad de establecer múltiples regulaciones que tienden a defender los intereses de cada país y los de las personas físicas y morales que llevan a cabo operaciones en dos o más países y que, por lo tanto, podrían verse afectadas por las disposiciones fiscales de cada uno de ellos, provocando duplicidad de gravámenes aplicados a una misma operación o actividad.
Los tratados tendientes a evitar la doble imposición como la evasión fiscal se han multiplicado y se celebran con asombrosa frecuencia. Nuestro país no podía ser la excepción y, a la fecha ha celebrado convenios de este tipo con diversos países de los cinco continentes. Estos convenios se perfeccionan y enriquecen, y cada vez cubren campos de acción más amplios. Por la múltiple participación activa de los particulares afectados, se avanza mucho en todos los puntos relativos para evitar la doble imposición, al grado de presentarse cada vez menos controversias sobre ella.
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Como consecuencia de la globalización en la que ya participan la casi totalidad de los países desarrollados y en vías de desarrollo, ha surgido la necesidad de establecer múltiples regulaciones que tienden a defender los intereses de cada país y los de las personas físicas y morales que llevan a cabo operaciones en dos o más países y que, por lo tanto, podrían verse afectadas por las disposiciones fiscales de cada uno de ellos, provocando duplicidad de gravámenes aplicados a una misma operación o actividad.
Los tratados tendientes a evitar la doble imposición como la evasión fiscal se han multiplicado y se celebran con asombrosa frecuencia. Nuestro país no podía ser la excepción y, a la fecha ha celebrado convenios de este tipo con diversos países de los cinco continentes. Estos convenios se perfeccionan y enriquecen, y cada vez cubren campos de acción más amplios. Por la múltiple participación activa de los particulares afectados, se avanza mucho en todos los puntos relativos para evitar la doble imposición, al grado de presentarse cada vez menos controversias sobre ella.
DESCRIPCIÓN
El presente trabajo tiene como objetivo el destacar la capacidad que el ser humano ha desarrollado para resolver los conflictos que surgen entre ciudadanos de un mismo país, entre personas de diferentes países, o con las autoridades fiscales de una o varias naciones, creando reglas claras y sencillas que conllevan a soluciones justas y equitativas que sirvan para preservar el bien común, de una manera ágil y eficiente.
Es de gran importancia reconocer que la mayoría de los sistemas judiciales en el mundo presentan una amplia crisis que ha generado un alto grado de incertidumbre y lentitud en la resolución de los conflictos, además de crear inseguridad en su desenvolvimiento. Es por eso que hoy en día un tema “novedoso”, pero que ha sido utilizado por muchas personas y países en el mundo, son los Mecanismos Alternos de Solución de Controversias, que por la situación de los sistemas judiciales en el que estamos inmersos, cada día son más utilizados.
DESCRIPCIÓN
El presente trabajo tiene como objetivo el destacar la capacidad que el ser humano ha desarrollado para resolver los conflictos que surgen entre ciudadanos de un mismo país, entre personas de diferentes países, o con las autoridades fiscales de una o varias naciones, creando reglas claras y sencillas que conllevan a soluciones justas y equitativas que sirvan para preservar el bien común, de una manera ágil y eficiente.
Es de gran importancia reconocer que la mayoría de los sistemas judiciales en el mundo presentan una amplia crisis que ha generado un alto grado de incertidumbre y lentitud en la resolución de los conflictos, además de crear inseguridad en su desenvolvimiento. Es por eso que hoy en día un tema “novedoso”, pero que ha sido utilizado por muchas personas y países en el mundo, son los Mecanismos Alternos de Solución de Controversias, que por la situación de los sistemas judiciales en el que estamos inmersos, cada día son más utilizados.
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CONTENIDO
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Semblanza
Prólogo
Primera Parte
El Origen de la Constitución
Segunda Parte
La Parte Orgánica
CONCEPTOS GENERALES DE LA PARTE ORGÁNICA DE LA CONSTITUCIÓN
Tercera Parte
Parte Dogmática
Descripción
Este libro plasma en una imagen, la estructura política y jurídica de México desde 1971 hasta la fecha. Presenta por vez primera, un concepto sistemático y positivista de los denominados derechos humanos y garantías.
Además, contiene la explicación de las cuatro funciones jurídicas propias del orden constitucional de un Estado federal: la erección de nuevos Estados dentro del territorio de los existentes, la suspensión de garantías, las reformas y adiciones a la constitución y, por último el control de la constitucionalidad por parte del Poder Judicial a los actos y normas de los demás órdenes normativos.
CONTENIDO
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Prólogo
Primera Parte
El Origen de la Constitución
Segunda Parte
La Parte Orgánica
CONCEPTOS GENERALES DE LA PARTE ORGÁNICA DE LA CONSTITUCIÓN
Tercera Parte
Parte Dogmática
Descripción
Este libro plasma en una imagen, la estructura política y jurídica de México desde 1971 hasta la fecha. Presenta por vez primera, un concepto sistemático y positivista de los denominados derechos humanos y garantías.
Además, contiene la explicación de las cuatro funciones jurídicas propias del orden constitucional de un Estado federal: la erección de nuevos Estados dentro del territorio de los existentes, la suspensión de garantías, las reformas y adiciones a la constitución y, por último el control de la constitucionalidad por parte del Poder Judicial a los actos y normas de los demás órdenes normativos.
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Estamos viviendo una época particularmente caracterizada por la profusión de noticias fiscales en todos los medios de comunicación. Casi no hay día en que no se nos den a conocer las bondades de la Nueva Hacienda Pública Redistributiva, que busca allegar más y cuantiosos recursos al Fisco Federal; mayor presión fiscal que, sin embargo, no se corresponde con un aumento en la seguridad jurídica de los contribuyentes, en la que encuentra su fundamento la figura jurídica de la caducidad, cuyo propósito esencial radica en evitar la incertidumbre que entraña la protección prácticamente indefinida de facultades que no se ejercitan o se ejercitan de manera contraria a derecho.
Nuestro legislador no sólo no ha disminuido dicho plazo, sino que en algunos casos lo ha aumentado y, más todavía, ha desvirtuado la figura jurídica de la caducidad al introducir en ella la suspensión, con serio quebranto de la seguridad jurídica del contribuyente, que ve vulnerado así su derecho a liberarse mediante el transcurso del tiempo de la situación de sujeción al ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales. Al estudio de estas cuestiones está dedicado este volumen, cuyo propósito es ofrecer, desde la perspectiva de un abogado postulante una visión general acerca de los problemas surgidos de la práctica profesional en relación con estos temas.
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Estamos viviendo una época particularmente caracterizada por la profusión de noticias fiscales en todos los medios de comunicación. Casi no hay día en que no se nos den a conocer las bondades de la Nueva Hacienda Pública Redistributiva, que busca allegar más y cuantiosos recursos al Fisco Federal; mayor presión fiscal que, sin embargo, no se corresponde con un aumento en la seguridad jurídica de los contribuyentes, en la que encuentra su fundamento la figura jurídica de la caducidad, cuyo propósito esencial radica en evitar la incertidumbre que entraña la protección prácticamente indefinida de facultades que no se ejercitan o se ejercitan de manera contraria a derecho.
Nuestro legislador no sólo no ha disminuido dicho plazo, sino que en algunos casos lo ha aumentado y, más todavía, ha desvirtuado la figura jurídica de la caducidad al introducir en ella la suspensión, con serio quebranto de la seguridad jurídica del contribuyente, que ve vulnerado así su derecho a liberarse mediante el transcurso del tiempo de la situación de sujeción al ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales. Al estudio de estas cuestiones está dedicado este volumen, cuyo propósito es ofrecer, desde la perspectiva de un abogado postulante una visión general acerca de los problemas surgidos de la práctica profesional en relación con estos temas.
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Este es un ensayo de carácter teórico que se inscribe en la disciplina de la “pragmática”, tal como ha sido entendida tradicionalmente por los filósofos analíticos, cuyo origen primero se encuentra en la filosofía con base conductista de Charles Morris. Expone las tesis de Paul Grice sobre las llamadas “implicaturas” y las reglas con cuya utlización se obtienen, en especial con su Principio de Cooperación y las otras máximas que lo especifican.
Adicionalmente expone, con cierto detenimiento, lo que el autor de este ensayo denomina “Principio de Oposición o Beligerancia”, construido de modo paralelo al de Grice, pero con un sentido radicalmente opuesto, como la noche se opone al día y la maldad a la bondad, según se verá más adelante. Los rendimientos y conclusiones obtenidos serán ilustrados con una obra fundamental de la literatura occidental: la tragedia de Otelo del más grande dramaturgo, William Shakespeare, con la finalidad de ofrecer al lector una imagen intuitiva de la forma como operan las implicaturas en la vida de los hombres. Las grandes obras de arte constituyen modelos intuitivos de acontecimientos históricamente determinables, de manera que forman, por decirlo así, un “tipo ideal” weberiano intuitivo de ciertos sucesos.
El sentido y desarrollo de los acontecimientos reales puede comprenderse y explicitarse desde las perspectivas ofrecidas por las obras de arte. Funcionan a la manera de la primera ley de Newton, la ley de la inercia: ningún objeto se mueve como ella determina, pero es la base sobre la cual, conforme a las dos leyes adicionales, pueden llegar a describirse los movimientos empíricamente observables. (Cf. Schmill, La Conducta del Jabalí. Dos Ensayos sobre el Poder: Kafka y Shakespeare, Ediciones Coyoacán S. A de C. V. Tercera Edición, México 2005) Una observación parecida habita silenciosamente en las siguientes palabras del filósofo Nelson Goodman: Las palabras “Don Quijote” se aplican a nadie si se toman de manera literal, pero figuradamente podrían referirse a muchos de nosotros, como, por ejemplo, el autor de este libro en sus torneos con los molinos de la lingüística contemporánea. (Goodman, 1978).
Este es un ensayo de carácter teórico que se inscribe en la disciplina de la “pragmática”, tal como ha sido entendida tradicionalmente por los filósofos analíticos, cuyo origen primero se encuentra en la filosofía con base conductista de Charles Morris. Expone las tesis de Paul Grice sobre las llamadas “implicaturas” y las reglas con cuya utlización se obtienen, en especial con su Principio de Cooperación y las otras máximas que lo especifican.
Adicionalmente expone, con cierto detenimiento, lo que el autor de este ensayo denomina “Principio de Oposición o Beligerancia”, construido de modo paralelo al de Grice, pero con un sentido radicalmente opuesto, como la noche se opone al día y la maldad a la bondad, según se verá más adelante. Los rendimientos y conclusiones obtenidos serán ilustrados con una obra fundamental de la literatura occidental: la tragedia de Otelo del más grande dramaturgo, William Shakespeare, con la finalidad de ofrecer al lector una imagen intuitiva de la forma como operan las implicaturas en la vida de los hombres. Las grandes obras de arte constituyen modelos intuitivos de acontecimientos históricamente determinables, de manera que forman, por decirlo así, un “tipo ideal” weberiano intuitivo de ciertos sucesos.
El sentido y desarrollo de los acontecimientos reales puede comprenderse y explicitarse desde las perspectivas ofrecidas por las obras de arte. Funcionan a la manera de la primera ley de Newton, la ley de la inercia: ningún objeto se mueve como ella determina, pero es la base sobre la cual, conforme a las dos leyes adicionales, pueden llegar a describirse los movimientos empíricamente observables. (Cf. Schmill, La Conducta del Jabalí. Dos Ensayos sobre el Poder: Kafka y Shakespeare, Ediciones Coyoacán S. A de C. V. Tercera Edición, México 2005) Una observación parecida habita silenciosamente en las siguientes palabras del filósofo Nelson Goodman: Las palabras “Don Quijote” se aplican a nadie si se toman de manera literal, pero figuradamente podrían referirse a muchos de nosotros, como, por ejemplo, el autor de este libro en sus torneos con los molinos de la lingüística contemporánea. (Goodman, 1978).
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